El encuentro se realizará el jueves 9 de octubre -a partir de las 17 hs- en el salón de la municipalidad de La Cruz, ubicado en calle Colón esquina Cristóbal Altamirano de esa localidad.
¡Gracias por su apoyo!
Si Ud. ha ingresado a esta página web, seguramente lo hizo por haber recibido un mail de alguna persona amiga, que le comentó el tema del puente sobre "Paso Meza".
Su apoyo es fundamental, ya que esta acción es individual, de persona a persona y solo busca generar conciencia ambiental en los ciudadanos.
No responde a interés político ni sectorial alguno; ni está impulsada o avalada por ninguna ONG, persona o empresa; mas allá del apoyo que varias instituciones le han dado a este tema, luego de planteado.
El objetivo prinicipal, es que el futuro puente de "Paso Meza" se construya respetando las disposiciones ambientales en vigencia.
Edwin E. Harvey
.
Audiencia Ambiental por Paso Meza
El encuentro se realizará el jueves 9 de octubre -a partir de las 17 hs- en el salón de la municipalidad de La Cruz, ubicado en calle Colón esquina Cristóbal Altamirano de esa localidad.
Paso Meza HOY
La supuesta "obra", está practicamente concluida y se limita a la construcción de CUATRO ALCANTARILLAS DE 30 METROS DE ANCHO CADA UNA según determina el propio proyecyo. No existe ningún puente de 120 mts. a construir.
Audiencia Pública
Se encuentra abierta la inscripción al registro de participantes de la audiencia pública ambiental del proyecto construcción del puente de hormigón armado y terraplén de acceso Ruta Provincial Nº 114, tramo Ruta Provincial Nº 40-Ruta Nacional Nº 14, sección puente sobre el río Miriñay-Paso Meza.
El próximo 9 de octubre a partir de las 17:00 hs. se llevará a acabo la audiencia ambiental, en el salón de la Municipalidad de La Cruz.
Las Entidades, ONG's y representantes de la sociedad civil que quieran expresar inquietudes y opiniones de índole ambiental, debén inscribirse en el Registro de Participantes en el horario de 8:00 a 12:00 hs. en la sede del I.C.A.A. sito en calle Bolívar 2275 de la ciudad de Corrientes; o bien en la Municipalidad de la localidad de La Cruz.
Este es el ámbito donde los ciudadanos y aquellas ONG´s que decidan apoyar esta causa, pueden hacer oir su voz.
Ojala sean muchas las voces que reclamen por este tema.
Edwin Harvey
Ayuí o Producción versus Ambientalismo
Esta artículo ha sido realizado por el ambientalista Fernando Laprovitta y publicado en Momarandu.com y también lo publicamos en este Blog, por que su contenido lo amerita.
La represa en el Ayuí, nos presenta una nueva trampa. La trampa del mito. Del mito aquel que nos convierte en provincia exitosa y nos posiciona en un contexto económico de vanguardia, del que dicho sea de paso, nadie puede garantizar su equilibrio temporal, hecho que marca la primera y clara luz de alerta a la hora de favorecer este tipo de emprendimientos.
Mito que al mismo tiempo nos lo presentan cual reto, en el que no existe opción o alternativa complementaria alguna, puesto que se transforma en un significado: el del éxito, el de una provincia pujante a escala visionaria ideal, aunque más bien se trate de una visión retrograda, a la cual y seguramente, lograrán revestirla de legalidad, aunque jamás de moralidad.
¿Cómo romper la lealtad cuasi religiosa a los preceptos capitalistas dejando primar la vida a lo largo del Ayuí? Impensable suponerlo, puesto que como significante, la represa del Ayuí, se transforma en un signo, lo que le confiere su carácter mitológico: el de la evolución económica de Corrientes, adornado de un sinnúmero de puestos laborales, los que son siempre tan efímeros conforme lo dicten la oferta y la demanda internacional por los comodities.
De allí que la represa del Ayuí, antes que en una represa en sí misma, se configura en un signo. El signo del “desarrollo”, que viene a materializar el camino de la prosperidad, en el que todo vale con tal de alcanzarlo, que banalmente puede asociarse a una moderna forma de hacerse millonario a costa de vender las joyas de la familia; cuestión que jamás será asumida por los impulsores de este tipo de proyectos, sean estos mercenarios u oprimidos inconscientes de los designios de las “manos invisibles” del voraz e insensible mercado que nos rige.
Mas Avances – Informes del I.C.A.A. y D.P.V.
El representante del I.C.A.A. no concurrió a la audiencia (no es obligatoria) y si lo hizo el representante de la D.P.V. Presente un pedido de vista y copia de las actuaciones para poder interiorizarme de lo hablado.
Asimismo, con fecha 30 de junio de 2008; el I.C.A.A. me remitió cédula donde ponía a mi disposición el expte. N° 540-30-05-0356/08 donde se respondía –es justo reconocerlo- en tiempo y forma al pedido de información ambiental presentado con fecha 30 de mayo. El haberse cumplido con los plazos procesales que impone la Ley N° 25.831 (Presupuestos Mínimos de Acceso a la Información Ambiental).
Por parte de la D.P.V., hemos tomado conocimiento que con fecha 15 de mayo de 2008, se firmó un contrato de obra entre la D.P.V. y la firma J.C.R. S.A. correspondiente a la licitación pública N° 03/007, según adjudicación aprobada por Resolución N° 1274/I/07 de la intervención de la D.P.V. de fecha 21/12/07 y que fuera dictada en el Expte. 820-24-11-5525/07, ratificada por Decreto Provincial N° 04/04/08 (ver archivo adjunto). En la cláusula cuarta el contratista manifiesta no tener objeción que formular y conocer todas las normas legales que resultan de aplicación. En la cláusula decimo segunda, impone a la contratista la formulación e implementación de un "Plan de Manejo Ambiental" específico, conforme las previsiones del Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales (MEGA II – 2007)[3] Leemos en la web de la Dirección Nacional de Vialidad (D.N.V.)[4] que en el Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales (MEGA I – 2005), en su prólogo[5] se estable que:
Respecto del "Plan de Manejo Ambiental – Contenidos Mínimos, nos dice que: "El CONTRATISTA desarrollará y ejecutará un Plan de Manejo Ambiental (PMA) basado en el Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales (MEGA), AP y/o EsIA y en las condiciones de autorización que pudieran haber establecido las autoridades provinciales y/o municipales competentes, así como la Autoridad de Áreas Naturales Protegidas cuando correspondiere. El CONTRATISTA obtendrá los permisos ambientales y los permisos de utilización aprovechamiento o afectación de recursos correspondientes".
Respecto de la "Gestión Ambiental en la Zona de Camino" nos dice que: "Una mala relación de la obra con su entorno generará costos económicos y socioambientales, tanto al operador de la ruta, como a los usuarios y público en general".
Concretamente, en lo que refiere a la "Etapa de Proyecto", refiere respecto de los humedales que: "Otros de los elementos de diseño que modifican la sustentabilidad de la zona de camino son los parámetros de diseño adoptados para el perfil tipo de obra básica y para el diseño de la obra hidráulica. Ambos componentes del proyecto son fundamentales para evitar la generación de problemas de anegamiento, erosión y/o inestabilidad del suelo de la zona de camino, y para garantizar la durabilidad de las obras frente a retornos ambientales. Estos impactos no sólo pueden afectar las obras viales, sino que se trasladan más allá, impactando sobre la calidad de cuerpos de agua superficiales y comunidades asociadas, la dinámica hidráulica de humedales o el avance de procesos de erosión activa con pérdida de suelos orgánicos".
Y en las conclusiones establece que: "Incluso es deseable que esta "sensibilización ambiental" de la obra vial incluya también las opiniones, necesidades y expectativas de los principales actores sociales implicados en las obras y su área de influencia, mediante mecanismos de participación y/o consulta". En el año 2007 se aprobó por Resolución A.G. Nº 1604/07 una actualización completa del Manual de Evaluación y Gestión de Obras Viales. Por lo tanto, se aplica el Manual de Evaluación y Gestión Ambiental para Obras Viales "MEGA II / 2007" en el ámbito jurisdiccional de la DNV y en toda obra financiada por ésta, y como tal figurará en la documentación licitatoria y/o contractual de la DNV. Conforme a lo establecido en el Artículo 3º de la Resolución mencionada, entró en vigencia a partir de la fecha de publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Nación, la cual fue realizada los días 3 y 4 de Enero de 2008. Pero sin embargo, el I.C.A.A. determinó en el pedido de informes presentado por esta obra de Paso Meza (ver archivo adjunto) que: "La mencionada Licitación no ha sido objeto hasta la fecha de cumplimiento de la Ley N° 5067 en especial, y de otras ambientales en general" "Por la misma razón, no ha sido sometida al Proceso de Evaluación ni obtenido el correspondiente DIA"
Y concluye el dictamen, sugiriendo al Interventor del I.C.A.A. que:
1. Remitir estas actuaciones a la Dirección Provincial de Vialidad a fin de que informe a este Instituto en relación a la mencionada licitación y al proyecto que diera lugar a la misma.
2. Se indique en la misma misiva al titular de la DPV de la necesidad de dar cumplimiento a la normativa ambiental y el carácter previo de la misma.
Dijimos en anteriores trabajos, que el camino correcto para llegar a un futuro ordenado, es el respeto de las Instituciones establecidas democráticamente; las cuales se fortalecen con el ejercicio que hacen los ciudadanos al utilizarlas. Las normas ambientales, deben cumplirse necesariamente en cada proyecto vial o hidráulico que se construya.
Justamente, este reclamo permitió –a través del ejercicio institucional- demostrar que en la construcción de las obras de Paso Meza no se ha cumplido con la normativa ambiental en vigencia en la provincia. Y es el Estado quien debe predicar con el ejemplo.
Todos queremos que las grandes obras se construyan y traigan progreso y trabajo a nuestra provincia; pero este progreso debe realizarse respetando al ambiente y a las generaciones futuras.
El ahorro de hacerlo rápido y barato, implica un costo inaceptable en el futuro.
Corrientes, 06 de julio de 2008.-
Edwin E. Harvey
Abogado
DNI 17.248.849
edwin.harvey@gmail.com
[1] Expte. N° 540-30-05-0356/08 del I.C.A.A.[2] http://www.hcdcorrientes.gov.ar/boletin/Expte%204259.tif[3] http://www.vialidad.gov.ar/legislacion_ambiental/leg_ambiental.htm[4] http://www.vialidad.gov.ar/[5] http://www.vialidad.gov.ar/legislacion_ambiental/archivos/textocompleto_anexo4.pdf
Primeros Avances (6to. Artículo)
Los diputados presentes, la Sra. Presidente de la Comisión Dra. María Inés Fagetti de Mansutti, y también la Diputada María Cristina Schroder de Bruzzo, el Diputado Octavio Valdez y el Diputado Héctor María López demostraron gran interés en el tema y prometieron ocuparse del mismo; previendo invitar al Administrador del I.C.A.A. Ing. Mario Rujana y al Interventor de la D.P.V. Ing. Alberto Carcaño para escucharlos.
A partir del día 24 de junio de 2008, tanto en la página web del Gobierno de la Provincia como en la página web del I.C.A.A. se publicó la siguiente noticia:
Se analizan estudios de impacto ambiental de Ayuí Grande y se espera el de Paso Meza
En el marco de la Ley Provincial 5067 de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto productivo arrocero Ayuí Grande está siendo analizado por los profesionales del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) y un grupo asesor conformado por profesionales de la Facultad de Ciencias Agrarias y de Ingeniería de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE).
En tanto que en relación a la obra de construcción del puente de hormigón armado sobre río Miriñay (Paso Meza) en la ruta provincial Nº 114 -tramo ruta provincial Nº 40 - ruta nacional Nº 14- ubicado fuera de la Reserva Provincial Iberá a igual que el Proyecto Ayuí- el Estudio de Impacto Ambiental de dicha obra aún no ha sido presentado al ICAA, razón por la cual aún no ha sido sometido al proceso de Evaluación Ambiental para la emisión de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), no obstante se solicitará información de estado del proceso de avance del proyecto, a la entidad a cargo de la obra Dirección Provincial de Vialidad.
Tal reconocimiento oficial de la falta de cumplimiento de lo ordenado por la Constitución Provincial en su Art. 57° y lo previsto en la Ley Provincial N° 5.067, importa un primer avance en este reclamo.
Que quede claro, que en esta cuestión planteada; no hay ganadores o perdedores; y no es cuestión de quien tiene razón o no en el reclamo. La cuestión es bastante mas sencilla; y se resume en CUMPLIR CON LA LEY.
Ahora viene otra cuestión, que es la de someter los estudios de impacto ambiental a consideración de los Ciudadanos a través de la Audiencia Pública Ambiental, prevista en el Decreto Provincial N° 876/05, que dispone:
Artículo 1º: ESTABLÉCESE el procedimiento de Audiencia Pública Ambiental, la cual se entiende a los efectos normativos, como la instancia administrativa a la que debe recurrir la Autoridad Ambiental -Instituto Correntino del Agua y del Ambiente- para efectuar una consulta al público interesado, toda vez que fuera presentado un proyecto de obra o actividad para su Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) en el marco de lo dispuesto por el Art. 2º de la Ley Nº 5067, como así también cuando dicha Autoridad lo considere pertinente en salvaguarda de la calidad de vida y del ambiente. Las opiniones y conclusiones de las Audiencias Públicas, tendrán efecto no vinculante para la Autoridad de Aplicación.
Esta Audiencia Pública Ambiental es el lugar donde institucionalmente los ciudadanos pueden opinar y hacer valer sus reclamos. Y habrá que hacerse escuchar.
Tengan en cuenta que el apoyo de cada uno de Uds. es fundamental para mantener este reclamo vigente. El camino institucional es sin dudas el adecuado.
Corrientes, 27 de junio de 2008.-
Edwin E. Harvey
Abogado
DNI 17.248.849
edwin.harvey@gmail.com
[1] Expte. N° 540-30-05-0356/08 del I.C.A.A.
No hay Estudio de Impacto Ambiental en Paso Meza - Lo dijo el Gobierno y el I.C.A.A.
Monumento Natural Provincial de Corrientes
Foto Rene Ariel Ocampo - Guardaparque
Tanto en la página web oficial del Gobierno de la Provincia de Corrientes, como el la página web del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (I.C.A.A.) se ha informado que en las obras del puente a construirse sobre Paso Meza, no se ha presentado el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) al I.C.A.A., y aún no ha sido sometido al proceso de Evaluación Ambiental para la emisión de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
Tal noticia no deja de ser alentadora al reclamo realizado; ya que de alguna manera se está reconociendo que la obra en cuestión, deberá ser sometida al proceso previsto por la Ley 5.067 y conforme el mandato Constitucional Provincial del art. 57, que establece que:
"LA DETERMINACION PREVIA DEL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL ES OBLIGATORIO PARA TODO EMPRENDIMIENTO PUBLICO O PRIVADO SUCEPTIBLE DE CAUSAR EFECTOS RELEVANTES EN EL AMBIENTE."
La nota textual dice:
Autarquías
Se analizan estudios de impacto ambiental de Ayuí Grande y se espera el de Paso Meza
En el marco de la Ley Provincial 5067 de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto productivo arrocero Ayuí Grande está siendo analizado por los profesionales del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) y un grupo asesor conformado por profesionales de la Facultad de Ciencias Agrarias y de Ingeniería de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE).
En tanto que en relación a la obra de construcción del puente de hormigón armado sobre río Miriñay (Paso Meza) en la ruta provincial Nº 114 -tramo ruta provincial Nº 40 - ruta nacional Nº 14- ubicado fuera de la Reserva Provincial Iberá a igual que el Proyecto Ayuí- el Estudio de Impacto Ambiental de dicha obra aún no ha sido presentado al ICAA, razón por la cual aún no ha sido sometido al proceso de Evaluación Ambiental para la emisión de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), no obstante se solicitará información de estado del proceso de avance del proyecto, a la entidad a cargo de la obra Dirección Provincial de Vialidad.
Proyecto Ayuí Grande
Un consorcio formado por empresas que desarrollan proyectos productivos en la zona, ha decidido llevar adelante la construcción de una represa en el departamento Mercedes sobre el arroyo Ayuí Grande ubicado fuera de la Reserva Provincial Iberá, distante a 40 kilómetros de los límites de la misma.
Con la propuesta se busca aumentar el área bajo riego preponderantemente para el cultivo de arroz, pero también para cultivos tales como maíz, soja y trigo hasta llegar a regar unas 28.000 hectáreas
El Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) del proyecto Ayuí Grande, fue presentado al ICAA por un equipo coordinador bajo la dirección general del ingeniero agrónomo Jorge Adámoli por convenio entre la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Buenos Aires, COPRA y otras UTE.
El grupo de profesionales realizador del EsIA está integrado por el responsables de distintas áreas: coordinador en Corrientes ingeniero Raúl Fontán, proyecto productivo ingeniero agrónomo Federico Gallo, proyecto de ingeniería de la presa ingeniero hidráulico Raúl López Pairet, EsIA de la presa, ingeniero hidráulico (Ph.D) Angel Menéndez, EsIA del proyecto productivo ingeniero agrónomo Jorge Adámoli a la vez que cada tema esta desarrollado por otra serie de profesionales.
En el EsIA se detallan una serie de aspecto referidos al proyecto productivo, la línea de base ambiental, aspectos legales, el medio abiótico, paisajes suelo y territorio disponible, indicadores agroambientales, medio biótico, vegetación, unidades de vegetación y ambiente, fauna terrestre en el área del proyecto y de la presa, aves, ictiofacuna.
Así también se analiza el medio antrópico, impacto económico y social, valoración económico ambiental, selección de alternativas de presa de embalse, proyecto de presa, actualización de EsIA de la presa, EsIA del proyecto productivo, impactos detectados, plan de gestión ambiental integrado. ***
Afortunadamente, no ha caído en saco roto todo el pedido realizado en tal sentido.
Edwin E. Harvey
Abogado
DNI 17.248.849